En el Estado de México, los conductores que invadan los carriles confinados destinados al transporte público masivo, como el Mexibús, así como las ciclovías, podrán recibir multas de hasta 2 mil 346 pesos, lo equivalente a 20 Unidades de Medida y Actualización (UMA), además de la retención de su vehículo, pues así lo establece la reforma al Reglamento de Tránsito del Estado de México publicada en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno. Aquí en El Heraldo de México, te contamos todo lo que debes saber para evitar esta sanción.
Cabe mencionar que el artículo 90, fracción VII, en relación con el artículo 118, fracción IV del Reglamento de Tránsito del Estado de México, establece que cualquier conducta distinta al uso autorizado de estos carriles será considerada como invasión, por lo que los conductores que se vean involucrados serán acreedores a la multa correspondiente.
Cabe destacar que la norma señala con claridad qué conductas se considerarán como invasión a los carriles confinados, ya que no solo se trata de circular por ellos, sino también de realizar diversas maniobras que afecten el flujo del transporte masivo y de las personas ciclistas en estos espacios reservados.
Las conductas que el reglamento ahora considera invasión son las siguientes:
Circular o realizar maniobras dentro del carril con vehículos no permitidos
Cruzar, girar, detenerse o estacionarse en el carril confinado
Realizar ascenso o descenso de personas
Efectuar carga o descarga de bienes
Cualquier maniobra que ocupe parcial o totalmente el carril
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Hay que destacar que la sanción económica funciona bajo un nuevo esquema de tres rangos, ya que se eliminaron las multas fijas. La multa mínima será de 16 UMA, la media de 18 UMA y la máxima de 20 UMA, lo que en pesos del año 2026 representa entre mil 878 y 2 mil 346 pesos por infracción.
Es por ello que conviene saber cómo se determinará el rango aplicable, pues la propia reforma establece criterios específicos basados en el historial del conductor:
Multa mínima: cuando no se tengan sanciones de tránsito pendientes de pago
Multa media: cuando se tengan de dos a tres sanciones pendientes
Multa máxima: cuando se acumulen cuatro o más sanciones sin pagar
Cabe recalcar que, además de la multa económica, el reglamento contempla la retención del vehículo como medida de seguridad para quienes invadan estos carriles, situación que implica un costo adicional para el conductor por concepto de corralón y trámites administrativos. La Secretaría de Seguridad publicará en su portal oficial y en la Gaceta del Gobierno los puntos exactos donde se ubicarán los carriles confinados sujetos a vigilancia, además de las cámaras y equipos tecnológicos que detectarán las infracciones de manera automatizada.