En el Estado de México, los conductores que insulten, denigren o agredan físicamente a los agentes de tránsito y agentes de vialidad podrán recibir una multa de hasta 4 mil 692 pesos, lo equivalente a 40 Unidades de Medida y Actualización (UMA), siendo una de las sanciones más altas contempladas en el nuevo Reglamento de Tránsito del Estado de México. Aquí en El Heraldo de México, te contamos todo lo que debes saber sobre esta sanción para evitarla.
Cabe mencionar que el artículo 60 Bis del Reglamento de Tránsito del Estado de México, reformado mediante acuerdo firmado por la gobernadora Delfina Gómez, contempla esta conducta como una de las más graves dentro del catálogo de infracciones, ya que la sanción asciende a un rango de entre 30 y 40 UMA, es decir, entre 3 mil 519 y 4 mil 692 pesos en valores del año 2026.
Esta sanción no solo aplica a los insultos verbales, pues el reglamento amplía considerablemente las conductas que serán consideradas como una agresión a los elementos de tránsito, abarcando también gestos, señales y maniobras vehiculares que tengan por objetivo intimidar o agredir.
Estas son las acciones que serán sancionadas como agresión
Las conductas sancionadas conforme al artículo 60 Bis son las siguientes:
Insultar o denigrar a los agentes de tránsito o de vialidad
Golpear físicamente a los agentes
Proferir vejaciones mediante señales visuales, audibles o de cualquier otro accesorio adherido al vehículo
Golpear o realizar maniobras con el vehículo para intimidar a otro usuario de la vía
Maltratar físicamente a otro usuario de la vía pública
Hay que destacar que esta sanción también aplica cuando la conducta se dirige hacia otros usuarios de la vía y no únicamente a los agentes, ya que el propio reglamento busca inhibir cualquier comportamiento violento dentro del tránsito vehicular en territorio mexiquense, conforme a los principios de seguridad vial.
Mínima, media o máxima: así se determinará tu multa
Es por ello que conviene saber cómo se calcula el monto exacto de la multa según el historial del conductor, pues la reforma estableció un esquema de tres rangos:
Multa mínima de 30 UMA (3 mil 519 pesos): cuando no haya sanciones pendientes de pago
Multa media de 35 UMA (4 mil 106 pesos): cuando se tengan de dos a tres sanciones pendientes
Multa máxima de 40 UMA (4 mil 692 pesos): cuando se acumulen cuatro o más sanciones sin pagar
La reforma al Reglamento de Tránsito del Estado de México fue publicada el lunes 10 de noviembre de 2025 en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno y entró en vigor a los 10 días hábiles posteriores a su publicación, por lo que esta sanción ya es plenamente aplicable a los conductores que cometan esta conducta en cualquier vialidad del territorio mexiquense.