La gente pregunta qué debe ocurrir tras la acusación contra Rubén Rocha Moya y nueve personas más por presuntos vínculos con el narcotráfico. La solicitud coloca al Estado mexicano frente a una situación compleja que exige rigor jurídico, prudencia política y absoluto apego al Estado de Derecho. Más allá de las implicaciones mediáticas o coyunturales, el fondo del asunto radica en el respeto irrestricto a la legalidad y a los procedimientos establecidos en el marco constitucional y en los tratados internacionales vigentes.
De acuerdo con la normativa aplicable, la solicitud presentada por autoridades de Estados Unidos no constituye, en este momento, una petición formal de extradición, sino una medida cautelar de detención provisional. Este mecanismo, está contemplado en el tratado de extradición entre México y Estados Unidos, tiene como objetivo evitar la evasión de la justicia mientras se integra un expediente completo. Sin embargo, su procedencia está sujeta a requisitos claros, debe existir urgencia, sustento probatorio y cumplimiento de las disposiciones legales mexicanas.
En este contexto, la actuación de la Fiscalía General de la República ha sido consistente con su mandato constitucional. Al realizar un primer análisis y determinar la insuficiencia de elementos para justificar la detención inmediata, la FGR no ha rechazado la cooperación internacional, sino que ha exigido el cumplimiento del debido proceso. Por ello, se haría la solicitud de información complementaria, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, para contar con pruebas sólidas antes de realizar la aplicación de la medida cautelar.
Este punto es central. Vivimos en un Estado democrático, en el que ninguna persona puede ser privada de su libertad sin que medien elementos jurídicos suficientes. Por ello, la solicitud de más pruebas de la Fiscalía no representa un obstáculo político, sino una garantía procesal que protege a los individuos y le da la legitimidad de las instituciones. Además, este tipo de procedimientos deben de guardar la debida confidencialidad, porque es un requisito indispensable para salvaguardar el debido proceso.
Paralelamente, es muy importante que el Estado mexicano haya iniciado investigaciones propias sobre los posibles delitos cometidos en territorio nacional. Esto reafirma el principio de jurisdicción y la responsabilidad soberana de procurar justicia dentro del país, independientemente de las acciones emprendidas por otras naciones.
Este caso pone de relieve un principio fundamental, ya que la cooperación internacional en materia penal debe darse en un marco de respeto mutuo y sin vulnerar la soberanía. México no puede ni debe actuar bajo presiones externas, pero tampoco puede ser omiso ante posibles delitos. El equilibrio está en la ley.
El compromiso del Gobierno de México y de la presidenta Claudia Sheinbaum ha sido claro: verdad, justicia y defensa de la soberanía. Ello implica actuar sin encubrimientos, pero también sin precipitaciones. En un entorno global cada vez más interdependiente, la fortaleza institucional se mide precisamente en la capacidad de resolver estos casos con apego estricto a derecho, garantizando la justicia, pero sin permitir la intromisión de ningún gobierno extranjero en decisiones que le competen exclusivamente al Pueblo de México.
POR ARTURO ÁVILA, DIPUTADO FEDERAL Y VOCERO DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE MORENA DE LA LXVI LEGISLATURA
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